lunes, 6 de agosto de 2012

Videoanalisis: La hiena de Queretaro; Claudia Mijangos


LA HIENA DE QUERETARO: ANALISIS DE SU PENA

Introducción
Claudia Mijangos en la madrugada del 24 de abril de 1989 cometió en la ciudad de Querétaro, uno de los asesinatos mas frios que se han registrado en esta ciudad.  Después de discutir con su marido, Claudia Mijangos quedó muy perturbada. Después de esto, en la madrugada, comienza a escuchar voces demoniacas donde le dicen que su natal Mazatlán estaba destruido y que después seguia la ciudad de Queretaro, es aquí cuando comienza la masacre; bajó las escaleras se dirigió a la cocina de su casa y se armo con tres cuchillos, después de realizar una llamada a su amiga y decirle una serie de incoherencias se dirigió a la habitación de sus hijos y uno a uno los fue matando, comenzando con Antonio, el más chico de sus hijos, posteriormente siguió con Claudia María de once años y finalizando con Ana Belén de nueve años.

Todos sufrieron un mismo patron de heridas, ataques en la parte anterior y posterior a nievel del torax, según los informes de la autopsia el niño sufrio de una amputacion de su mano izquierda y la niña mayor sufrió de severas cortaduras en sus muñecas, donde se podian apreciar los tendones de las mismas.

El juez que dictó sentencia de esta mujer, le dió más de veinte años de reclusión psiquiatrica, considerandola inimputable, debido de que después de un estidio psiquiatrico se demuestra a través de un electroencefalograma que sufria una epilepsia del globulo temporal lo que ocasionaba un comportamiento anormal, donde el sujeto pierde la nocion de la realidad aun que pueda realizar actos complejos.

Si ese caso se hubiera sucitado en la ciudad de Chihuahua, la sentencia que, a opinion propia, sería la más adecuada, y según el Código Penal del Edo de Chihuahua donde menciona en el artículo 68 que las atenuantes son aquellas que disminuyen el grado de punibilidad del sentenciado. Y una de las causas atenuantes que se mencionan dentro de este documento es: Los estudios sociológicos, económicos, psicológicos y psiquiátricos que se relacionen  con la conducta del imputado y el bien jurídico dañado. Esto indica, que si el imputado sufre de algun problema psiquiatrico la responsabilidad directamente es disminuida, haciendolo acreedor a una sanción de privación de la libertad, pero no en un centro penitenciario, sino en un centro psiquiatrico.

Así también no considero que exista alguna causa agravante en esta sentencia ya que la imputada no realizo el delito bajo conciencia de sus actos.

Conclusión:
En este tipo de situaciones se deberá de considerar serios estudios psicológicos, psiquiátricos, económicos, sociológicos entre otros, para poder determinar una sentencia adecuada, si bien muchas veces el bien juridico dañado no se puede restaurar, como en este caso es la vida de sus hijos, el acto en si no debería quedar impune.

Bibliografía:


·   Código Penal de Chihuahua art. 68